miércoles, 29 de julio de 2009

LEY 178-09, AMPLIATORIA DE PLAZOS PARA ADECUACION LEGAL OBLIGATORIA DE EMPRESAS PRIVADAS

PUNTO LEGAL R.D., hace un llamado al CARD y las universidades del país para que actualicen sus programas académicos en materia de Derecho Comercial para así adecuar la comunidad jurídica al cambio".


Por IVAN DIAZ

La Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo acaba publicó por medio de la Gaceta Oficial marcada con el numero 10525, la ley 178-2009, que modifica las partes capitales de los Artículos 515 y 521 de la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, y conjuntamente el Párrafo I del Art. 523 de dicha ley.

Después de la propuesta hecha por los empresarios locales al Gobierno central, se llegó a una concertación efectiva, todo esto para adecuar las sociedades comerciales a los principios y requerimientos de la nueva normativa ya que era necesario un profundo cambio organizacional en la actividad comercial e industrial, en un tiempo razonable.

Que el “Instructivo para el proceso de adecuación y transformación de las sociedades comerciales” producido por las Cámaras de Comercio y Producción de la República Dominicana, estableció el cronograma que regirá las adecuaciones y transformaciones de las sociedades comerciales existentes en el país, a raíz de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08. El mismo “manual” parece ser que no se pudo distribuir a tiempo, factor principal que se tomó en cuenta para la presente disposición legal , lo que se traduce que la mayoría de las empresas no se han actualizado con la nueva normativa; y además los empresarios no conocen la intríngulis de la nueva ley 479-08, incluyendo también muchos abogados y abogadas.

Esta nueva ley dispone que los plazos para actualizar las compañías se extiendan de 180 días a 18 meses, después de la publicación, ósea a partir del 24 de junio del 2009, que cuando la Consultaría Jurídica del Poder Ejecutivo la publica en su Gaceta Oficial.

Esta ley ampliatoria de plazos dispone en su articulo 2, que se modifica el Párrafo I, del Artículo 523, de la norma adjetiva No. 479-08, del 11 de diciembre de 2008, para que en lo adelante disponga como sigue: “Párrafo I: Los registradores mercantiles no recibirán, para fines de matriculación, renovación o inscripción, ninguna documentación societaria correspondiente a aquellas sociedades anónimas que en el indicado plazo de dieciocho (18) meses no hayan realizado su proceso de adecuación a la presente ley”.

Es importante destacar que el Congreso Nacional, a pesar de estar con una apretada agenda legislativa en la Asamblea Revisora, promulgó este proyecto el pasado 4 de junio, en el caso del Senado y más adelante la Cámara de Diputados lo hizo a el día 15 del mencionado mes .

PUNTO LEGAL RD, desde su página web, hace un llamado especial para que los abogados y abogadas se capaciten en los diferentes cursos que imparte el Colegio de Abogados y que a la vez exijan del mismo, que integren la instrucción gratuita de esta nueva norma adjetiva en los programas de su Escuela de Practica Jurídica, por medio de seminarios, cursos básicos y diplomados en materia de Derecho Comercial, haciendo extensivo esto a las escuelas de Derecho del país, especialmente a la Universidad Autónoma de Santo Domingo, donde está la mayor matricula de estudiantes de esta Profesión liberal.

Debemos pues adecuarnos todos y todas al avance legislativo de “nuestro” Estado Fiscal que exige adecuarse a las exigencias de una globalización comercial cada vez más competitiva. La seguridad jurídica en este escenario es elemental y con este plazo de gracia legal, a la vez que se les da una segunda oportunidad a las empresas privadas nos atrasamos como país ante la región, ante los demas continenentes en materia de organización jurídica-empresarial.
El Derecho Empresarial del futuro, es un duro y caro reto ante nuestras narices. El sistema tributario que le espera a las empresas, principalmente a las micro-empresas es dificil de analizar y predecir. ¿Quien desea invertir?
PUNTO LEGAL RD 2009

No hay comentarios: